QUE ES LA DISCRIMINACION LABORAL ?
Es cualquier distinción, exclusión o preferencia sin justificación objetiva ni razonable, que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.
Las causas prohibidas son:
- Raza
- Opinión política
- Estado civil
- Portar el virus VIH
- Sexo
- Condición Económica
- Ejercicio de la Libertad sindical
- Enfermedad
- Religión
- Edad
- Discapacidad
- Cualquier otra índole
¿En qué momentos se puede presentar la discriminación en el trabajo?
La discriminación en el trabajo puede presentarse dentro de la relación laboral y fuera de ella, ya sea porque todavía no se ha iniciado esta relación o porque esta ya se ha extinguido:
1. DURANTE ELACCESO AL EMPLEO
Se configura cuando se altera, limita o se anula la igualdad de oportunidades o de trato al postular a un empleo. El trato desigual no se basa en una justificación objetiva ni razonable
Ejemplo: no se contrata a una persona calificada para un puesto de trabajo por tener una discapacidad.
2. DURANTE ELVÍNCULO LABORAL
La discriminación consiste en toda distinción, exclusión o preferencia de trato relacionados a aspectos vinculados a la prestación de servicios laborales.
Se evidencia en:
- Requisitos no objetivos para acceder a un ascenso
- Diferentes condiciones de trabajo por razones arbitrarias.
- Preferencia en capacitac ión y formación profesional
- Desigualdad salarial incausada por un trabajo de igual valor
- Negativa injustificada de realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo para los trabajadores con discapacidad.
- Entre otros.
La discriminación durante la relación laboral puede ser cometida por personal de dirección o de confianza por trabajadores del mismo rango de la víctima.
3. EN LA EXTINCIÓN DELVÍNCULO LABORAL
La discriminación es la causa del cese de la relación laboral El término del contrato, por una causa prohibida, se puede encubrir en una no renovación de un contrato temporal o concretar en un despido nulo.
El despido nulo o la no renovación del contrato de trabajo , como consecuencia de un acto discriminatorio, se basa en motivos no objetivos ni razonables, entre ellos:
- Afiliación a un sindicato o participar en actividades sindicales.
- Ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haber actuado en esa calidad
- Ser supervisor, miembro del comité de SST o candidato a esos cargos.
- Ser madre trabajadora (durante el embarazo, nacimiento y lactancia).
- Ser persona con discapacidad.
- Ser trabajador con una enfermedad.
- Ser víctima de violencia familiar.
Dirección de Prevención y Promoción
consultas SUNAFIL www.gob.pe/sunafil
Recuerda que la publicidad y realización de cualquier medio de difusión, de ofertas de empleo discriminatorias y la discriminación del trabajador de cualquier índole se consideran infracciones muy graves.
No hay comentarios:
Publicar un comentario