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Guía Paso a Paso: Cómo Declarar el Reporte Local a SUNAT


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 En Perú, la obligación se rige bajo el estándar BEPS (Acción 13), lo que puede implicar tres declaraciones distintas. Puedes usar esta estructura para crear una guía definitiva en tu blog sobre el Reporte Local (Formulario Virtual 3560).

Paso 1: Diagnóstico de la Obligación (Marzo - Abril)

  • Evalúa si los ingresos devengados en el ejercicio anterior superaron las 2,300 UIT para el Reporte Local.

  • Verifica si se superan las 20,000 UIT para el Reporte Maestro o si la empresa forma parte de una multinacional sujeta al Reporte País por País.

  • Recomienda a tus lectores hacer este diagnóstico temprano para evitar darle malas noticias al cliente en mayo.

Paso 2: Elaboración del Estudio Técnico (Mayo)

  • Aclara que no se trata de llenar datos, sino de tener listo el Estudio Técnico de Precios de Transferencia.

  • Explica la necesidad de realizar un análisis funcional, elegir un método (como el Margen Neto Transaccional) y armar el rango intercuartil con comparables.

  • Señala que si la compañía se encuentra fuera de este rango, es obligatorio calcular el ajuste respectivo.

Paso 3: Acceso a la Plataforma SOL

  • Indica cómo ingresar con la Clave SOL al portal de SUNAT.

  • Muestra la ruta exacta: Empresas -> Declaraciones y Pagos -> Declaraciones Informativas -> Precios de Transferencia.

Paso 4: Llenado del Formulario Virtual 3560 (Junio)

  • Instruye sobre la descarga del aplicativo o módulo de Excel proporcionado por SUNAT.

  • Detalla que se deben ingresar los datos de las partes vinculadas (nombres, países, NIF).

  • Menciona la obligación de registrar los montos y tipos de operaciones transaccionales.

  • Especifica que se debe declarar el método de PT utilizado y el indicador de rentabilidad.

  • Recuerda incluir los resultados finales: límite inferior, mediana y límite superior de los comparables.

Paso 5: Adjuntar el Respaldo en PDF

  • Recalca que SUNAT exige cargar el Estudio Técnico completo en formato PDF.

  • Advierte que los números del PDF deben coincidir exactamente con las casillas del formulario.

  • Enfatiza que cualquier discrepancia en este punto es una invitación directa a una fiscalización.

Paso 6: Validación y Emisión de la Constancia

  • Explica que el sistema validará posibles errores de formato antes de permitir el envío.

  • Finaliza recordando la importancia vital de guardar la Constancia de Presentación como respaldo.

  • Menciona que los vencimientos se dan usualmente en junio, dependiendo del último dígito del RUC.




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URGENTE- Vencimientos Precios Transferencia 2025


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 El artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT indica que los contribuyentes cuyos ingresos devengados hayan superado 2,300 UIT, y sus operaciones con partes vinculadas y/o paraísos fiscales hayan superado 100 UIT, están obligados a presentar DJ Reporte Local (que contiene información relevante de un Estudio de Precios de Transferencia, como son los datos de las operaciones realizadas con partes vinculadas y/o sujetos ubicados en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, el método de Precios de Transferencia empleado en cada transacción, los rangos intercuartiles de mercado, y si procede o no algún ajuste de Precios de Transferencia).

 Así, en lo concerniente al periodo 2025, las empresas con ingresos anuales superiores a 2,300 UIT (S/. 12´305,000.00, en vista a que se toma como referencia el valor de la UIT del ejercicio por el que se presenta la DJ Reporte Local, acorde al artículo 116° inciso 7) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta), y cuyas operaciones con partes vinculadas y/o sujetos ubicados en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición sean superiores a 100 UIT (esto es, S/.  535,000.00), estarán obligadas a presentar DJ Reporte Local, cuya sanción en caso de incumplimiento es una multa del 0.6% de los ingresos netos del ejercicio 2025, conforme al artículo 176° inciso 2) del Código Tributario, (siendo el máximo importe de esta multa de 25 UIT, esto es, S/.  137,500.00, conforme a la Nota 14 de la Tabla I del mismo Código).

 Cabe agregar que si además de tener ingresos anuales superiores a 2,300 UIT en el año 2025 (esto es, S/. 12´305,000.00), la empresa tiene operaciones con partes vinculadas o sujetos ubicados en países o territorios no cooperantes o de baja imposición por un importe igual o superior a 400 UIT (esto es, S/.   2´140,000.00), entonces a la DJ Reporte Local debe adjuntársele los Anexos II, III y IV (y no solo el Anexo I).

 Por otro lado, es importante indicar que también existirá la obligación de presentar DJ Informativa Reporte Local (incluyendo sus Anexos III y IV) cuando el contribuyente tenga ingresos devengados superiores a 2,300 UIT, y además venda bienes a sus partes vinculadas y/o paraísos fiscales, a un valor de venta inferior a su costo computable, sin que tenga relevancia el importe anual de estas transacciones.

 A ello, cabe agregar que en todos los escenarios antes descritos, de haber recibido la empresa cualquier tipo de servicios de sus partes vinculadas, la DJ Reporte Local debe contener además el análisis del test de beneficio, de conformidad al artículo 32°-A inciso i) de la Ley del Impuesto a la Renta y al artículo 117° de su Reglamento.

 A su vez, el artículo 9° de la Resolución de Superintendencia N° 014- 2018/SUNAT señala que el plazo de vencimiento de la Declaración Jurada Reporte Local (que es la principal obligación formal relativa a los Precios de Transferencia) es dentro del plazo de vencimiento de las obligaciones tributarias del mes de mayo (lo cual se produce a mediados de junio de cada año).

 Por ende, el vencimiento de las obligaciones formales de presentar DJ Reporte Local-Precios de Transferencia del ejercicio 2025 es dentro de las obligaciones tributarias de mayo-2026, conforme al siguiente cronograma: 


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NÚMERO DE RUC

FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC- PERIODO MAYO 2026

0

1

2

3

4

5

6

7

8

9

BUENOS CONTRIBUYENTES y UESP

0, 1 , 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9

Junio 2026

15

16

17

17

18

18

19

19

22

22

23

 En tal sentido, podemos asesorarlos en lo concerniente a la presentación oportuna de la DJ Reporte Local- Precios de Transferencia del ejercicio 2025, y así evitar multas cuantiosas por su no presentación oportuna (que pueden llegar a S/. 137,500.00), para lo cual me pueden escribir al correo giancarlo@giribaldiasociados.com, o al número de celular 993041096.

 Cabe agregar que es recomendable que las coordinaciones para los Precios de Transferencia del 2025 sean efectuadas con la mayor antelación posible, debido a la obligación de consignar el test de beneficio en las partes descriptivas de las DJ Reporte Locales, cuya exigencia viene siendo más controlada por la Administración Tributaria.

 Saludos cordiales


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Precios Transferencia- DJ Reporte Local 2023 - Vencimiento de Obligaciones SUNAT

 El artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT indica que los contribuyentes cuyos ingresos devengados hayan superado 2,300 UIT, y sus operaciones con partes vinculadas y/o paraísos fiscales hayan superado 100 UIT, están obligados a presentar DJ Reporte Local (que contiene información relevante de un Estudio de Precios de Transferencia, como son los datos de las operaciones realizadas con partes vinculadas y/o sujetos ubicados en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, el método de Precios de Transferencia empleado en cada transacción, los rangos intercuartiles de mercado, y si procede o no algún ajuste de Precios de Transferencia).

Así, en lo concerniente al periodo 2023, las empresas con ingresos anuales superiores a 2,300 UIT (S/. 11´385,000.00, en vista a que se toma como referencia el valor de la UIT del ejercicio por el que se presenta la DJ Reporte Local, acorde al artículo 116° inciso 7) del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta), y cuyas operaciones con partes vinculadas y/o sujetos ubicados en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición sean superiores a 100 UIT (esto es, S/.  495,000.00), estarán obligadas a presentar DJ Reporte Local, cuya sanción en caso de incumplimiento es una multa del 0.6% de los ingresos netos del ejercicio 2023, conforme al artículo 176° inciso 2) del Código Tributario, (siendo el máximo importe de esta multa de 25 UIT, o S/. 123,750.00, conforme a la Nota 14 de la Tabla I del mismo Código).

Cabe agregar que si además de tener ingresos anuales superiores a 2,300 UIT en el año 2023 (esto es, S/. 11´385,000.00), la empresa tiene operaciones con partes vinculadas o sujetos ubicados en países o territorios no cooperantes o de baja imposición por un importe igual o superior a 400 UIT (esto es, S/.  1´980,000.00), entonces a la DJ Reporte Local debe adjuntarse los Anexos II, III y IV (y no solo el Anexo I).

Por otro lado, es importante indicar que también existirá la obligación de presentar DJ Informativa Reporte Local (incluyendo sus Anexos III y IV) cuando el contribuyente tenga ingresos devengados superiores a 2,300 UIT, y además venda bienes a sus partes vinculadas y/o paraísos fiscales, a un valor de venta inferior a su costo computable, sin que tenga relevancia el importe anual de estas transacciones.

A su vez, el artículo 9° de la Resolución de Superintendencia N° 014- 2018/SUNAT señala que el plazo de vencimiento de la Declaración Jurada Reporte Local (que es la principal obligación formal relativa a los Precios de Transferencia) es dentro del plazo de vencimiento de las obligaciones tributarias del mes de mayo (lo cual se produce a mediados de junio de cada año).

Por ende, el vencimiento de las obligaciones formales de presentar DJ Reporte Local-Precios de Transferencia del ejercicio 2023 es dentro de las obligaciones tributarias de mayo-2024, conforme al siguiente cronograma:

En tal sentido, podemos asesorarlos en lo concerniente a la presentación oportuna de la DJ Reporte Local- Precios de Transferencia del ejercicio 2023, y así evitar multas cuantiosas por su no presentación oportuna (que pueden llegar a S/. 123,750.00)


Que Preguntas se suelen hacer y que se necesita para la elaboracion de Precios de Transferencias

Muchos se preguntan como se elabora EL ESTUDIO TECNICO DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA  , así que empezaremos con las preguntas , despues ya desarrollamos un caso para poder armar el estudio    


1) ¿Cuáles son las actividades empresariales a las que se dedica MUNDO CONTABLE TV? ¿La actividad principal que porcentaje representa respecto de sus ingresos totales? ¿La actividad o actividades secundarias, que porcentaje representan respecto de los ingresos totales de la compañía?

2) ¿En caso de realizar más de un tipo de actividad en forma significativa, cuenta con estados financieros segmentados? De ser así, por favor, proporcionarlos.

3) ¿Cuáles son los principales productos que comercializa MUNDO CONTABLE TV?

4) ¿Cuál es la composición del accionariado de MUNDO CONTABLE TV, indicando el valor nominal de cada acción, y el importe total del capital social de la compañía al iniciar y finalizar el año 2024?

5) Indicar si entre los accionistas de MUNDO CONTABLE TV hay algún grado de parentesco.

6) Precisar si MUNDO CONTABLE TV cuenta con el órgano de Directorio. De ser así, proporcionar los datos de identificación de los Directores.

7) Indicar la razón social y RUC de las empresas vinculadas a MUNDO CONTABLE TV, y su composición accionaria.

8) ¿Cuáles son los tipos de operaciones que se han efectuado en el año 2024 entre MUNDO CONTABLE TV y sus partes vinculadas (precisando su importe anual en Dólares Americanos y Nuevos Soles? Por favor, alcance los contratos respectivos si es que hubiera.

9) ¿Por favor alcáncenos el cuadro de rentabilidad bruta y operativa respecto de las operaciones celebradas por Mundo Contable TV con terceros independientes, y respecto de las operaciones efectuadas con sus partes vinculadas?

10) ¿Cuál es la razón económica o comercial por la cual se realizan operaciones entre las partes vinculadas?

11) ¿Cuál es el radio de mercado donde mayormente opera MUNDO CONTABLE TV?

12) ¿Cuáles son los principales competidores de MUNDO CONTABLE TV?

13) ¿Cuáles son los principales clientes de MUNDO CONTABLE TV?

14) ¿Cuáles son los principales proveedores de MUNDO CONTABLE TV?

15) Por favor, alcáncenos los estados financieros (Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas) de MUNDO CONTABLE TV de los periodos 2022, 2023 y 2024.

16) ¿MUNDO CONTABLE TV, así como sus partes vinculadas, tienen algún beneficio tributario, de cualquier tipo, en lo concerniente al Impuesto a la Renta o IGV, o pérdidas tributarias arrastrables?

17) Alcáncenos el organigrama laboral (funcional) de MUNDO CONTABLE TV

18) ¿MUNDO CONTABLE TV ha incurrido en fuertes campañas publicitarias, que representen más del 5% de sus gastos totales?

19) ¿MUNDO CONTABLE TV incurre en actividades de investigación y desarrollo que representen más del 5% de sus gastos totales?

20) ¿MUNDO CONTABLE TV cuenta con intangibles valiosos?

21) ¿Cuáles son los principales riesgos comerciales en la actividad empresarial desarrollada por MUNDO CONTABLE TV?

22) Explique si existe algún riesgo empresarial por MUNDO CONTABLE TV relacionado con los siguientes puntos: mano de obra, volatilidad del precio de algún insumo, riesgo del tipo de cambio, sobrealmacenaje, cuentas incobrables, huelgas, paros.

23) ¿Cuáles son las principales proyecciones empresariales del negocio de MUNDO CONTABLE TV?

24) Describa los principales logros obtenidos en la actividad empresarial de MUNDO CONTABLE TV que los diferencia 

Continuara...

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