Modifican el Régimen de Percepciones

Decreto Supremo N° 091-2013-EF

Modifican el Régimen de Percepciones. Incluyen bienes sujetos a percepción, designan nuevos agentes de percepción en la venta de bienes y combustibles y excluyen agentes de percepción por la venta de bienes Mediante la norma bajo comentario se ha sustituido la relación de bienes contenida en el apéndice 1 de la Ley N° 29173, cuya venta está sujeta al Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Venta
A su vez, se ha designado como agentes de percepción del Régimen de Percepciones del  Impuesto General a las Ventas aplicable a las operaciones de venta y adquisición de combustible, a los sujetos señalados en los Anexos 1 y 2, los mismos que operarán como tales a  partir del 1 de junio de 2013.
Asimismo, se ha excluido como agentes de percepción, aplicable a las operaciones de venta y adquisición de combustible, a los señalados en los Anexos 3 y 4, los que dejarán de operar como tales a partir del 1 de julio de 2013.



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