Resolución de Superintendencia Nº 020-2014/SUNAT
Mediante la resolución bajo comentario se ha establecido la forma y condiciones para que las empresas mineras, metalúrgicas y siderúrgicas realicen el pago de sus aportes al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica correspondiente al período 2013.
El pago se efectuará mediante el Sistema Pago Fácil, a través de SUNAT Virtual o en los Bancos Habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT (NPS), consignando como período tributario 13/2013 y como código de tributo 5631 – FONDO CJMMS-LEY 29741-EMPRESAS.
El aporte se calcula aplicando el 0,5% a la Renta neta Imponible consignada en la casilla 110 del PDT N° 684 Renta Anual 2013 Tercera Categoría. El plazo para el pago vence el décimo segundo día hábil del mes siguiente a aquel en que se presente el referido PDT N° 684. El Plazo no varía aun cuando posteriormente se presenten declaraciones sustitutorias o rectificatorias del PDT antes indicado.
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