Sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción en caso de espectáculos públicos en los que se subcontrata el expendio de los tickets y a su vez esta subcontrata el cobro del precio


Informe Nº 019-2013-SUNAT/4B0000

Sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción en caso de espectáculos públicos en los que se subcontrata el expendio de los tickets y a su vez esta subcontrata el cobro del precio

La SUNAT ha absuelto la consulta en comentario referida al régimen del SPOT aplicable a los  espectáculos públicos, señalando que en caso el promotor de un espectáculo público contrate a  una empresa “ticketera” para el expendio de los tickets, y a su vez, esta última empresa subcontrate a otra para realizar la recepción del dinero del público correspondiente a la entrada o precio del espectáculo, el sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción es la empresa “ticketera”.

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