Informe N° 023-2013-SUNAT/4B0000
Reembolso de costos
administrativos en que incurren las empresas distribuidoras eléctricas para la
implementación del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE)
Mediante el Informe de la
referencia la SUNAT señala que:
1. El monto correspondiente
al reembolso obtenido por las empresas de Distribución Eléctrica por los costos
administrativos realizados para asegurar el funcionamiento del FISE no está gravado
con el IGV.
2. El monto desembolsado por
la empresa de Distribución Eléctrica para la implementación del FISE no constituye gasto o costo de esta
para efecto del Impuesto a la Renta, por lo que el IGV que gravó tales
operaciones no constituirá crédito fiscal.
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