Mediante la norma bajo comentario se ha modificado la escala de los gastos por viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, los que se calcularán de acuerdo con la siguiente tabla:
Escala de viáticos por zonas geográficas Importe
África $ 480,00
América Central $ 315,00
América del Norte $ 440,00
América del Sur $ 370,00
Asia $ 500,00
Medio Oriente (Nuevo) $ 510,00
Caribe $ 430,00
Europa $ 540,00
Oceanía $ 385,00
Los funcionarios y servidores públicos que realicen viajes al exterior, deberán sustentar con documentos (comprobantes de pago o similares) hasta por lo menos el 80% del monto de viáticos asignados, y el 20% mediante Declaración Jurada. Los gastos que no se encuentre debidamente sustentados serán objeto de devolución por parte del funcionario. Debe tenerse en cuenta que de acuerdo con el inciso r) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta, los gastos por viáticos de las personas jurídicas generadoras de rentas de tercera categoría se calcularán considerando el monto que por este concepto concede el Gobierno Central de acuerdo a la escala en referencia
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