¿Qué obligaciones tiene la empresa respecto a la prevención y sanción del hostigamiento sexual laboral?

1. Prevenir

Difundiendo periódicamente a os colaboradores, información que permita identificar conductas de hostigamiento sexual. así como las sanciones aplicables.

2. Capacitar

A todo el personal bajo relación de dependencia. en materia de hostigamiento sexual, y de manera especializada a los involucrados en su investigación y sanción.

3. Proteger

Poner a disposición dela presunta víctima los canales de atención médica, física y mental o psicológica. Así como dictar a su favor, medidas de protección.



4. Conformar

Un Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual. si  la empresa cuenta con 20 a más trabajadoras/es. o contar con un Delegado/a si cuenta con menos de 20.

5. Investigar

Los presuntos actos de hostigamiento sexual. conforme al procedimiento y plazos establecidos en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su reglamento.

6. Sancionar

En caso de comprobarse tos actos de hostigamiento. la Oficina de Recursos Humanos deberá emitir la decisión final sancionando al hostigador.

7. Informar

Al MTPE, acerca de la recepción de una denuncia o et inicio de oficio de una investigación por hostigamiento sexual. así como. acerca de la medidas de protección otorgadas a la presunta víctima en un plazo no mayora 6 días hábiles.

 

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