Conceden Derecho de Licencia a trabajadores con familiares directos que tengan enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave


Ley 30012

Mediante la Ley bajo comentario se ha establecido el derecho de los trabajadores de la actividad pública y privada a gozar de licencia con goce de haber por 7 días en caso tengan un familiar directo (hijo, padre, madre, cónyuge o conviviente) enfermo con diagnóstico en estado grave o terminal o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto que puedan asistirlo. De requerirse más días, se pueden conceder hasta 30 días adicionales a cuenta del derecho vacacional.

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